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Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Escuela de Cine de Chile
Fecha: 8 de julio de 2015
Decisión: Calificar como cumplido el requerimiento b) del Acuerdo N°049/2014, referido a presentar un plan de contingencia que permita abordar los aspectos financieros y de infraestructura. 2) Certificar que el Instituto Profesional Escuela de Cine de Chile cuenta con los recursos físicos necesarios para funcionar
Archivo: Icono PDF 522.pdf
Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Escuela de Cine de Chile
Fecha: 21 de enero de 2015
Decisión: No acoger el recurso de reposición interpuesto por el Instituto Profesional Escuela de Cine de Chile en contra del Acuerdo N°082/2014
Archivo: Icono PDF 506.pdf
Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Escuela de Cine de Chile
Fecha: 17 de diciembre de 2014
Decisión: Suspender el ingreso de nuevos alumnos, para el año 2015, a la carrera de Realizador Cinematográfico con menciones en Dirección, Producción, Dirección de fotografía, Dirección de arte, Postproducción de imagen y sonido, impartida en jornada diurna, en la ciudad de Santiago, en conformidad con lo establecido en el artículo 99 inciso 3 del DFL N 2 de 2009, de Educación
Archivo: Icono PDF 505.pdf
Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Instituto Internacional de Artes Culinarias y Servicios
Fecha: 23 de julio de 2014
Decisión: Rechazar el recurso de reposición interpuesto por el Instituto Profesional Instituto Internacional de Artes Culinarias y Servicios en contra del Acuerdo N°044/2014 y, en consecuencia, mantener la decisión de suspender el ingreso de nuevos alumnos para el segundo semestre del año 2014, a las carreras de Administración de Artes Culinarias y Servicios, Administración de Empresas Hoteleras y Servicios, Dirección y Producción de Eventos y Administración de Negocios de la Industria del Vino, en jornadas diurna y vespertina, para la sede Santiago, en conformidad con lo establecido en el artículo 99 inciso 3° del DFL N° 2 de 2009, de Educación.
Archivo: Icono PDF 492.pdf
Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Instituto Internacional de Artes Culinarias y Servicios
Fecha: 28 de mayo de 2014
Decisión: Suspender el ingreso de nuevos alumnos, para el segundo semestre del año 2014, a las carreras de Administración de Artes Culinarias y Servicios, Administración de Empresas Hoteleras y Servicios, Dirección y Producción de Eventos y Administración de Negocios de la Industria del Vino, en jornada diurna y vespertina, para la sede Santiago, en conformidad con lo establecido en el artículo 99 inciso 3° del DFL N° 2 de 2009, de Educación.
Archivo: Icono PDF 491.pdf
Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Instituto Nacional del Fútbol
Fecha: 6 de septiembre de 2007
Decisión: Reiterar que deberá dar cumplimiento a las acciones signadas con las letras a) y c) del Acuerdo Nº 066/2006, reiteradas por el Oficio Nº 063/2007. 2) Disponer un proceso de examinación selectiva modalidad 3, como medida por incumplimiento de acciones, a las carreras de Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas con Mención en Organizaciones Deportivas, Entrenador de Fútbol en jornada diurna y la de Árbitro de Fútbol, al término del segundo semestre de 2007.
Archivo: Icono PDF 192.pdf
Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Instituto Nacional del Fútbol
Fecha: 13 de enero de 2005
Decisión: Reiterar al I.P.INAF, que deberá dar cumplimiento a las acciones dispuestas en las letras d), f) y k) del Acuerdo Nº 055/2003, reiteradas por el Oficio N° 143/2004, a más tardar, el día 15 de abril del presente año. Lo anterior, bajo apercibimiento de aplicar alguna de las medidas establecidas en el artículo 41 de la ley N° 18.962. -2) Aplicar una examinación conforme a la modalidad tres de la Guía de Examinación del CSE, como medida por incumplimiento de acciones, al término del primer semestre del año 2005, a las asignaturas semestrales de todas las carreras impartidas por la institución en jornada diurna y vespertina. -3) Disponer acciones, en conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 2° de la ley 18.962, las que deberá dar cumplimiento a satisfacción del Consejo, a más tardar el día 15 de abril de 2005.
Archivo: Icono PDF 115.pdf
Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Instituto Nacional del Fútbol
Fecha: 24 de abril de 2003
Decisión: Acoger la solicitud de reconsideración del Acuerdo N°117/2002 2) Modificar el considerando número 11) del Acuerdo N°117/2002, en el sentido de dar por satisfactoriamente cumplida la acción dispuesta en la letra h) del punto III del Acuerdo Nº027/2002, reiterada por el Oficio N°337/2002. 3) Dejar sin efecto la aplicación de una examinación modalidad tres, de la Guía de Examinación Selectiva del Consejo Superior de Educación, al término del primer semestre del año 2003, a las carreras de Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas, Mención Organizaciones Deportivas y Entrenador de Fútbol, impartidas por el Instituto Profesional Instituto Nacional del Fútbol, dispuesta por el Acuerdo N°117/2002.
Archivo: Icono PDF 114.pdf
Tipo de acuerdo: 
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución: Instituto Profesional Instituto Nacional del Fútbol
Fecha: 19 de diciembre de 2002
Decisión: Aplicar una examinación modalidad tres de la Guía de Examinación Selectiva del Consejo Superior de Educación, al término del primer semestre del año 2003, a las carreras de Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas, Mención Organizaciones Deportivas y Entrenador de Fútbol, impartidas por el Instituto Profesional Instituto Nacional del Fútbol. 2) Reiterar al INAFl que deberá dar cumplimiento a la acción dispuesta en la letra h) del punto III del Acuerdo Nº027/2002, reiterada por el Oficio N°337/2002, y a las observaciones señaladas en el N°10 de este Acuerdo, a más tardar, el día 15 de abril de 2003.
Archivo: Icono PDF 113.pdf