Decisión:
Estimar como no cumplidas las acciones del Acuerdo N° 034/2010, reformuladas en el oficio N° 320/2010 como acciones 2, 3, 4 y 5, que fueron dispuestas bajo apercibimiento de aplicar la medida establecida en el artículo 99 inciso 3° del DFL N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, referida a la suspensión de ingreso de nuevos alumnos a todas o algunas de las carreras impartidas por la institución, a través del Oficio 467/2010. 2) Disponer, en consecuencia, la suspensión de ingreso de nuevos alumnos, para el año 2011, a la carrera de Técnico Jurídico en jornada vespertina, en conformidad con lo establecido en el artículo 99 inciso 3° del DFL N° 2 de 2009 del Ministerio de Educación.
Tipo de acuerdo:
Educación Superior - Licenciamiento - Sanción
Institución:
Centro de Formación Técnica San Alonso
Fecha:
Jueves, 20 enero, 2011
Archivo: